Nacionales

Tribunal Constitucional elimina restricciones de horarios para venta de alcohol al declarar inconstitucional el Decreto 308-06

Santo Domingo.– El Tribunal Constitucional (TC) declaró inconstitucional el Decreto 308-06, una disposición emitida por el Poder Ejecutivo en el año 2006 que establecía limitaciones a los horarios de venta de bebidas alcohólicas en colmados, bares, discotecas, casinos, restaurantes y otros establecimientos dedicados al entretenimiento y la recreación.

Imagen promocional

La decisión del alto tribunal establece que una regulación de carácter permanente sobre esta materia no puede ser impuesta mediante un decreto presidencial, sino que debe ser aprobada por el Congreso Nacional a través de una ley, conforme a las disposiciones establecidas en la Constitución de la República. Con este criterio, el TC reafirma el principio de separación de poderes y los límites de las facultades reglamentarias del Poder Ejecutivo.

El fallo representa un precedente de gran importancia en el ámbito jurídico y administrativo, al precisar que cualquier normativa que establezca restricciones generales sobre el ejercicio de actividades económicas o comerciales debe contar con el respaldo de una legislación formal aprobada por los representantes del Poder Legislativo. De esta manera, el Tribunal deja claro que las regulaciones permanentes que impactan derechos y obligaciones de los ciudadanos no pueden depender exclusivamente de una disposición administrativa.

Durante casi dos décadas, el Decreto 308-06 sirvió como base para la regulación de los horarios de expendio de bebidas alcohólicas en distintos establecimientos comerciales del país. Su aplicación generó debates en diferentes sectores, especialmente entre comerciantes, empresarios del entretenimiento y autoridades encargadas de la seguridad ciudadana, quienes sostenían posiciones encontradas sobre su efectividad y alcance.

Con esta sentencia, el Tribunal Constitucional no solo deja sin efecto la disposición impugnada, sino que también fija un criterio que podría influir en futuras regulaciones similares. A partir de ahora, cualquier iniciativa que busque establecer restricciones permanentes en esta materia deberá ser conocida, debatida y aprobada por el Congreso Nacional antes de entrar en vigencia.

La decisión ha despertado interés entre juristas, representantes del sector comercial y ciudadanos, debido a las implicaciones que podría tener sobre la regulación de establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas y sobre el alcance de las atribuciones del Poder Ejecutivo frente al marco constitucional dominicano.